La Fiscalía General de la República (FGR) de El Salvador logró que Carlos Roberto Gómez, de nacionalidad hondureña, fuera sentenciado en rebeldía a cumplir 26 años de cárcel. El hondureño condenado por violación y privación de libertad cometió los delitos en perjuicio de una menor de 12 años en el departamento de La Unión, según detalló el reporte oficial de la institución fiscal.
De acuerdo con las pruebas presentadas por el Ministerio Público durante la vista pública, los hechos iniciaron en febrero de 2021. La investigación técnica y testimonial estableció que el procesado aprovechó la inocencia de la menor para persuadirla y abusar de ella en un corral propiedad de la familia de la víctima. Las agresiones sexuales ocurrieron específicamente en el caserío Tostuma, cantón Cerro Pelón, jurisdicción del municipio de Pasaquina.
Traslado ilegal hacia territorio hondureño
El documento fiscal expone que, el 20 de marzo de 2021, Gómez convenció a la víctima para que abandonara su vivienda y se fuera con él. Ambos abordaron un vehículo tipo pick up con dirección a la frontera El Amatillo, donde caminaron durante cuatro horas para cruzar por un punto ciego no habilitado y evadir los controles migratorios entre El Salvador y Honduras.
Gómez trasladó a la víctima hasta la localidad de Laure Abajo, en el municipio de San Lorenzo, República de Honduras. Sin embargo, los familiares de la menor lograron rastrear su paradero y la localizaron en dicho sector, retornando con la víctima a territorio salvadoreño el 21 de marzo del mismo año.

Resolución para el hondureño condenado por violación
Tras el rescate, se confirmó que la menor quedó embarazada como producto de las reiteradas agresiones cometidas por el imputado. Ante estos hechos, la familia interpuso la denuncia formal ante la Policía Nacional Civil (PNC), lo que dio inicio a la judicialización del caso penal.
El Tribunal de Sentencia de La Unión validó todos los elementos probatorios aportados por la representación fiscal, imponiendo un total de 26 años de prisión al procesado. Del total de la pena impuesta en condición de rebeldía, 20 años de cárcel corresponden al delito de violación en menor o incapaz en modalidad continuada, y 6 años adicionales por el ilícito de privación de libertad.